El pasado 4 de julio de 2014 se aprobó el Real Decreto-ley 8/2014, de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Entre dichas medidas estaban las siguientes:
Exención del IRPF para las ganancias patrimoniales resultantes de transmisiones de la vivienda habitual por dación en pago o por ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales.
Exención del Impuesto sobre el Incremento del Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU - "plusvalía municipal") para las mismas operaciones.
Ambas medidas se aplican desde el 4 julio (fecha de aprobación del Real Decreto-Ley en Consejo de Ministros) y "con efectos desde 1 de enero de 2014 y ejercicios anteriores no prescritos", es decir, retroactivamente desde el ejercicio 2010, lo cual implica que quienes abonaran o estén abonando cuotas de esos impuestos por dichas operaciones desde el 2010 podrán reclamar su devolución a Hacienda y a los ayuntamientos.